PROCESO DE INSCRIPCIÓN DEL RFC DE PERSONAS MORALES
Puede darse de alta y obtener su Cédula de Identificación Fiscal (CIF) a través de dos modalidades: ante fedatario público inscrito en el "Sistema de inscripción a través de fedatario público por medios remotos", quien le entregará una CIF provisional al momento de constituirse. Con esta cédula podrá iniciar inmediatamente sus actividades. La segunda modalidad es acudir a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que le corresponda, con la documentación necesaria.
A través de Fedatario Público por medios remotos.
Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de personas morales a través de fedatario público por medios remotos (alta en Hacienda por notario o por corredor público).
¿Para qué sirve?
¿Quiénes lo presentan?
Personas morales de nueva creación que estén por iniciar o se encuentren en trámite de su protocolización o formalización ante un notario o un corredor público autorizado por el SAT.
¿Dónde lo presento?
Directamente con el notario o con el corredor público autorizado que protocoliza o formaliza la constitución de la nueva persona moral.
Usted puede consultar los datos de los notarios o de los corredores públicos autorizados por el SAT haciendo clic en los enlaces siguientes:
Corredores públicos autorizados por el SAT
Notarios públicos autorizados por el SAT
¿Qué documentos obtengo?
Constancia de Inscripción al RFC con Cédula de Identificación Fiscal.
¿Cuándo lo presento?
La inscripción se realiza de manera simultánea a la firma del documento constitutivo.
¿En qué horario puedo presentarlo?
Lo establece cada notario o corredor público autorizado.
¿Cuáles son los requisitos?
Requisitos
Formato R-1 "Solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes" (por duplicado).
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